CONTRATO DE EDICIÓN
CONTRATO QUE CELEBRAN de una parte:
Libroautor S.L, NIF B42780247, que opera con el sello Editorial DALYA (referido en adelante como EDITOR),
Y de otra parte, el autor de la obra (referido en adelante como AUTOR):
[Nombre del autor]
EXPONEN las partes que desean, respectivamente, publicar y tener publicado un libro (referido en adelante como OBRA) ;
[Título, idioma original, idioma(s) de publicación]
Ambas partes se reconocen mutuamente capacidad legal para contratar y obligarse y, a tal efecto, mutuamente acuerdan las siguientes estipulaciones:
CESIÓN DE DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL
El AUTOR cede al EDITOR durante el período completo de duración del contrato:
La licencia para explotar con carácter exclusivo la publicación y los derechos de propiedad incluidos de la OBRA en cualquier país del mundo.
El AUTOR designa también al EDITOR como único y exclusivo agente del autor para vender, explotar, realizar contratos con terceras partes e ingresar las cantidades que correspondan por derechos subsidiarios de la OBRA en cualquier país del mundo.
El EDITOR queda facultado para la publicación de la OBRA en cualquier idioma.
La cesión se entiende hecha con carácter exclusivo en cualquiera de los posibles sistemas de comercialización y en cualquier modalidad que el desarrollo tecnológico permita para la edición de libros.
El uso de la OBRA sin compensación a las Partes si, a juicio del EDITOR, tal uso puede beneficiar la venta de la OBRA o de los derechos subsidiarios de la OBRA.
(En adelante, LICENCIA)
COMPENSACIÓN AL AUTOR
El EDITOR compensa al AUTOR por la cesión de derechos de la OBRA con:
La publicación de la OBRA en cualquiera de las formas conocidas o por conocer.
La remuneración equitativa por la cesión de los derechos.
La facultad de utilizar la OBRA con fines académicos y pedagógicos, o de exposición en conferencias, o de acciones divulgativas, o de promoción personal, con expresa exclusión de cualesquiera fines comerciales o análogos.
Compensación económica por publicaciones llevadas a cabo por el Editor. El AUTOR percibirá como compensación por la Venta Neta:
Diez por ciento (10%) del Precio de Venta del libro impreso, excluyendo las ediciones electrónicas.
Para modalidades electrónicas de edición, el veinticinco por ciento (25%) del Precio de Venta del libro electrónico.
Compensación por licencias a terceros. El AUTOR percibirá como compensación por los derechos subsidiarios de la OBRA explotada por terceros bajo LICENCIA el cincuenta por ciento (50%) de los Ingresos Netos obtenidos.
Ajustes de compensaciones por traducción: Si el EDITOR publicase la OBRA en idioma diferente al manuscrito original y la traducción corriese a cuenta del EDITOR, los porcentajes de compensación en 3.1, 3.2 y 4 serán, respectivamente, ocho por ciento (8%) y veinte por ciento (20%) y cuarenta por ciento (40%)
Nº de ediciones y tiradas.
El EDITOR se obliga a efectuar la primera edición de la OBRA en la modalidad papel.
Durante la vigencia del contrato el EDITOR podrá efectuar cuantas ediciones de la OBRA se requiera en modalidad papel y para cualquiera de los idiomas en que se publique .
El EDITOR podrá fraccionar la tirada nominal en formato papel.
El EDITOR podrá elegir el sistema de Impresión bajo Demanda (POD) como canal de distribución y venta de la OBRA.
PUBLICIDAD Y PROMOCIÓN
Uso del nombre e imágenes del AUTOR. El EDITOR queda facultado para usar y para licenciar a otros en el uso del nombre del AUTOR, imágenes personales y material biográfico con fines de publicidad, difusión y promoción de la OBRA, su explotación y la de los derechos subsidiarios garantizados por las estipulaciones de este acuerdo,
LIQUIDACIÓN DE DERECHOS
Certificaciones y pagos.
El EDITOR antes del 31 de marzo de cada año entregará al AUTOR el certificado de la VENTA NETA de ejemplares de cada edición y los ingresos por otras explotaciones de los derechos de la OBRA junto con la LIQUIDACIÓN DE DERECHOS correspondiente.
El EDITOR tendrá el derecho de cargar en cuenta del AUTOR cualquier exceso en el pago de las compensaciones, los cargos que el AUTOR esté obligado a pagar o reembolsar al EDITOR por este contrato, o los débitos del AUTOR con el EDITOR por un contrato diferente suscrito entre ambos.
IVA. En las cantidades liquidables al AUTOR se excluye el IVA aplicable.
Tesoro Público. El AUTOR faculta expresamente al EDITOR para la detracción, declaración e ingreso al Tesoro Público, de aquellas cantidades que por cualquier concepto impositivo haya de satisfacer el AUTOR derivadas de los derechos de propiedad intelectual objeto de este contrato, y en todos aquellos impuestos o gravámenes en que el EDITOR tenga, por disposición legal, la condición de contribuyente sustituto del AUTOR.
DECLARACIONES, GARANTÍAS E INDEMNIZACIONES
Declaraciones y garantías ofrecidas por el AUTOR. El AUTOR declara y garantiza al EDITOR que:
Es el único autor de la OBRA y la OBRA es original.
Es el titular único y absoluto de los derechos legales y reales del derecho de propiedad intelectual y de otros derechos contenidos en la OBRA.
La OBRA no infringe, y no infringirá si es publicada, derechos de propiedad intelectual, derechos morales, o derechos a la privacidad y a la publicidad de terceros.
No tiene contraídos, ni de ninguna forma contraerá durante el período de vigencia de este contrato, compromisos o gravámenes que atenten contra los derechos que al EDITOR o a terceros correspondan de acuerdo con las estipulaciones del presente contrato.
La OBRA no contiene materia alguna que posibilite reclamaciones de terceros por daños materiales o morales o atente contra la disposiciones legales.
Indemnizaciones. El AUTOR eximirá de responsabilidad al EDITOR y se hará responsable de todas las cargas pecuniarias que para el EDITOR puedan derivar en favor de terceros con motivo de acciones, reclamaciones o conflictos legales basadas en denuncias que, de ser ciertas, supongan la no realización o el incumplimiento de las anteriores declaraciones y garantías establecidas por el AUTOR; o de las que puedan resultar de acciones, reclamaciones o conflictos con la OBRA derivados de las causas expresadas en la cláusula 11.5.
DURACIÓN Y EXTINCIÓN DEL CONTRATO
Duración del contrato. Ambas partes acuerdan que:
El presente contrato tendrá una duración de tres (3) años contados desde la fecha de la firma del mismo.
En la publicación a resultas de concurso y con firma tácita, el presente contrato tendrá una duración de cuatro (4) años contados desde la fecha de proclamación de galardonados.
Se prorrogará por períodos anuales. Las Partes deberán comunicar por escrito sus intenciones en cuanto a la no renovación del Contrato, al menos un mes antes de la finalización de cada período prorrogado.
Finalizado el contrato el EDITOR disfrutará de un derecho de opción preferente para suscribir un nuevo contrato de edición sobre la misma obra, en iguales términos y condiciones que el AUTOR pueda convenir con terceros.
Derecho del AUTOR a extinguir el contrato. El AUTOR tiene el derecho de dar por finalizado este acuerdo:
Si el EDITOR no cumple el plazo comprometido de publicación, sin existir causa de fuerza mayor para ello o demoras atribuibles al propio AUTOR.
En caso de desaparición jurídica del EDITOR, sea por la causa que sea y, especialmente, en casos de quiebra, declaración de suspensión de pagos, concurso de acreedores o insolvencia manifiesta.
Las partes declaran que la venta de acciones o participaciones sociales por parte de la empresa titular del EDITOR no se podrá considerar que constituye cambio de titularidad de la empresa, en el sentido empleado por la legislación española de Propiedad Intelectual.
Reversión de derechos al AUTOR. Cuando finalice este contrato, todos los derechos de la OBRA cedidas al EDITOR en este contrato revertirán al AUTOR, a excepción de lo acordado en la estipulación 16, sobre permanencia de derechos.
Permanencia de derechos. Cuando se produzca la extinción o finalización de este contrato:
Las obligaciones respectivas de ambas partes sobre cualquier cantidad económica debida a la otra parte por las estipulaciones de este contrato sobrevivirán a la finalización de este acuerdo.
Todos y cada uno de los derechos del EDITOR amparados con las licencias y concesiones de derechos permanecerán efectivos, y todas las garantías, declaraciones e indemnizaciones del AUTOR sobrevivirán a la expiración o terminación de este contrato.
El EDITOR tendrá derecho a su participación en los beneficios económicos de las licencias o contratos y otras concesiones de derechos otorgadas a terceros al amparo de este acuerdo.
Se mantendrá el derecho del EDITOR a disponer de las existencias de la obra, hasta un máximo de trescientos (300) ejemplares, sujetos a liquidación.
DISPOSICIONES GENERALES
Modificación y derogación. Este Acuerdo no puede ser modificado excepto por un documento firmado por escrito por ambas partes en el que se exprese las estipulaciones adicionales, enmiendas o cualquier instrumento de acuerdo entre las partes. La derogación de alguna estipulación o condición establecida en el contrato, en ningún caso supondrá la derogación de otras estipulaciones, condiciones o el incumplimiento de otra parte del contrato.
Múltiples autores. Cuando el término AUTOR se refiera a más de una persona, tales personas serán responsables de forma conjunta y solidariamente de todos los deberes, obligaciones y acuerdos detallados en este contrato, y compartirán de forma equitativa las regalías y otras compensaciones económicas que se que deriven de este contrato, a menos que exista un reparto distinto acordado entre ellos y declarado en un documento específico firmado por todas las partes. Dicho acuerdo se unirá a este contrato y formará parte del mismo.
Fuerza Mayor. Si alguna circunstancia fuera de control de alguna de las partes impidiera el cumplimiento de alguna obligación derivadas de este contrato, el período de cumplimiento de las obligaciones se ampliará en un período equivalente a la duración de la Fuerza Mayor.
Relación entre las partes. Nada de lo contenido en este contrato constituirá o podrá ser interpretado como constitutivo de una asociación o contrato de empleo entre las partes.
El presente contrato se otorga en dos ejemplares, pero a un solo efecto, cada uno de los cuales queda en poder de cada parte contratante.
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AUTOR
(Nombre completo)
(Dirección)
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(Firma del AUTOR)
EDITOR
LIBROAUTOR S.L.
Maestro Portela, 41 / 11100 San Fernando ESPAÑA
Teléfono: (+34) 648 096781 e-mail: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
B42780247
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(Firma del EDITOR)